Cómo imprimir la CONSTANCIA DE EXENCIÓN del impuesto de sellos (no es necesario ir a Rentas!)

Publicado por Cámara de Inquilinos Córdoba on 16:31:00 con 14 comentarios
La constancia de exención del Impuesto de Sellos (timbrado) se descarga desde la web de Rentas, por lo que, NO ES NECESARIO ACUDIR FÍSICAMENTE a la Dirección General de Rentas.

Esta nueva constancia aplica para los contratos con DESTINO VIVIENDA, cuyo impuesto de sellos sea igual o inferior a dos mil pesos ($ 2000,00).

PARA OBTENER LA CONSTANCIA:

1. Ingresá en https://www.rentascordoba.gob.ar/mirentas/rentas.html?page=pagosdeimpuestos y
haga click en el ícono de SELLOS.

2. Completá los datos solicitados de las partes involucradas en el contrato; en la
solapa IMPUESTO registre la fecha del contrato.

3. Donde dice "acto" seleccione “Alquiler / Locación de inmuebles con opción a compra”.

4. Clickeá en CALCULAR para obtener el PDF con la leyenda de la exención. Verás que el importe a cobrar es de $ 0, siempre que se trate de contratos de locación comprendidos en la exención.

La constancia de exención o la constancia de pago servirá como comprobante del cumplimiento del impuesto sin necesidad de timbrar el contrato.

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