CamaradeInquilinos.com.ar es un sitio web dedicado a la promoción y difusión de los derechos del inquilino.

martes, 1 de agosto de 2017

Daño punitivo a inmobiliaria

Daño punitivo a inmobiliaria

Se condena a la inmobiliaria demandada a pagar al actor la suma de 80.000 pesos en concepto de daño punitivo (art. 52 bis, Ley 24240), toda vez que, tratándose de una empresa especializada, su actuación resultó desaprensiva, pues debió haber consignado el valor de cambio del dólar estadounidense en la reserva efectuada por el accionante, ajustar su tarea a las costumbres del quehacer inmobiliario y de la normativa vigente y, una vez frustrada la operación inmobiliaria por las divergencias en cuanto al valor de la moneda, haber devuelto lo recibido en concepto de seña, maniobra que no sólo se concretó en el caso, sino que fue también denunciada en otra operación inmobiliaria.

B., A. vs. La Mejor de Belgrano S.A. s. Ordinario /// Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala E, 30-06-2017; 27577/2014, RC J 4969/17

2 comentarios:

  1. hola, tengo alquilada una casa, renovamos alquler durante 10 años, la alquila una empresa del estado, la inmobiliaria cobraba cada renovación de contrato una seña, del valor de 1 mes de alquiler. Estamos terminando el ultimo contrato, y ya no se renueva, ahi es cuando me etero que la inmobiliaria cobraba estos montos, pero nunca me fueron liquidados. Consulta: la inobiliria me los debe abonar antes con el ultimo mes de alquiler? la inmobiliaria actuo bien? o hizo abuso de sus atributos? como debo actuar? muchas gracias

    ResponderEliminar
  2. Seguramente lo que la inmobiliaria cobraba era su comisión por la renovacion...

    ResponderEliminar